4.5.3 Secado
a) Exprimir o no exprimir.
b) Al sol o a la sombra.
c) Colgado o tendido horizontal.
d) Uso o recomendación en contrario de equipo especial, secadora doméstica o industrial.
e) Recomendaciones específicas de temperatura o ciclo de secado.
4.5.4 Planchado
a) Con plancha tibia, caliente o vapor, o recomendación de no planchar.
b) Condiciones especiales, si las hubiere.
4.5.5 Recomendaciones particulares, haciendo mención específica de las tendencias al encogimiento o
deformación cuando le sean propias, indicando instrucciones para atenderlas.
4.5.6 Las instrucciones de cuidado y conservación del producto deben indicarse por medio de leyendas
breves y claras, o usar la simbología que se indica en la referencia NMX-A-240-INNTEX-2004.
Pueden utilizarse símbolos distintos a los previstos en dicha norma, sólo cuando además aparezca en
idioma español, la leyenda relativa al tratamiento adecuado e instrucciones de cuidado y conservación.
4.6 País de origen
La información de país de origen debe cumplir con lo siguiente:
4.6.1 Cuando el producto terminado, así como todos sus insumos se hayan elaborado o producido en el
mismo país, se debe utilizar preferentemente la expresión “hecho en ... (país de origen)”, “elaborado en ...
(país de origen) u otra análoga.
4.6.2 Cuando el producto haya sido elaborado en un país con insumos de otros, se debe utilizar la leyenda
“Hecho en… (país de elaboración) con insumos importados”, pudiéndose adicionar de manera voluntaria el
origen de los insumos utilizados.
4.7 Acabados
Cuando se utilice información sobre acabado del producto, ésta debe acompañarse del nombre del
proceso, por ejemplo: “Impermeabilizado, preencogido, mercerizado, retardante al fuego, etc.”, mencionado de
manera enunciativa mas no limitativa.
4.8 La leyenda "Hecha a mano" puede utilizarse únicamente cuando el producto haya sido confeccionado,
elaborado o producido totalmente a mano.
La indicación "a mano" debe ir acompañada de la descripción de aquella parte del proceso que se haya
realizado a mano, por ejemplo, "cosida a mano".
5.Instrumentación de la información comercial
5.1 Prendas de vestir, accesorios y ropa de casa
5.1.1 Ropa de casa
La información requerida en los literales a), b), d) y e) del inciso 4.1.1 debe presentarse en etiqueta
permanente (véase 3.6.1) en los siguientes artículos:
La información requerida en los literales c) y f), excepto el inciso b) relacionado con cobijas y cobertores,
debe presentarse en etiqueta temporal o permanente.
a) Sábanas.
b) Cobijas y cobertores, excepto los cobertores eléctricos.
c) Sobrecamas.
d) Manteles.
e) Manteles individuales.
f) Servilletas.
g) Protectores
Miércoles 21 de junio de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
h) Cortinas confeccionadas.
i) Toallas.
j) Colchones y bases de colchones elaborados o forrados con textiles.
k) Prendas reversibles
5.1.2 La información requerida en el inciso 4.1.1 debe presentarse en etiqueta temporal o permanente, en