法搜网--中国法律信息搜索网
珠海出入境检验检疫局关于墨西哥公布对纺织品及服装新标签规定的通知

  similar que garantice su durabilidad, pudiendo también estar bordada, impresa o estampada en el producto.
  3.6.2 Etiqueta temporal
  Es aquella de cualquier material y de carácter removible.
  3.7 Fabricante
  Es la persona física o moral responsable de un producto. Se considera fabricante al que elabore un
  producto, propietario o licenciatario de la marca que ostente dicho producto, aun cuando haya ordenado su
  elaboración total o parcial, confección o terminado o un tercero.
  3.8 Forro
  Es el revestimiento de material textil confeccionado o diseñado para llevarse en la parte interior de la
  prenda de vestir o en un accesorio de manera total o parcial. No se considera como forro a aquellas prendas
  de vestir de doble vista o reversibles.
  3.9 Insumo
  Miércoles 21 de junio de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
  Es la materia prima susceptible de ser utilizada en la fabricación o confección de textiles, ropa de casa y
  prendas de vestir y sus accesorios, excluyendo aquellas que se incorporen al producto y que no sean
  elaboradas a base de textiles para efectos funcionales, tales como botones, cierres, broches, etc.
  3.10 Lugar visible
  Cualquier punto en el anverso o reverso de la prenda de vestir o accesorio, salvo el interior de las mangas
  o piernas de pantalones, siempre que la etiqueta resulte visible por el solo hecho de colocar la prenda de
  frente o vuelta, sin necesidad de descoser o desprender parte o todo el forro u otros elementos de la prenda.
  3.11 País de origen
  El lugar de manufactura, fabricación o elaboración del producto.
  3.12 Prenda de vestir
  Es aquel artículo confeccionado con textiles, que tiene como finalidad cubrir parte del cuerpo, excepto
  calzado.
  3.13 Protector
  Cubierta que se coloca sobre cualquier mueble que tiene como objeto la protección de los mismos contra
  efectos del medio ambiente y el propio uso.
  3.14 Ropa de casa
  Son los artículos elaborados con fibras naturales, sintéticas y/o artificiales, que tienen un uso distinto a las
  prendas de vestir, y que están diseñadas para cualquiera de las siguientes funciones: protección, adorno o
  limpieza del hogar y establecimientos comerciales o de servicio, como son: cortinas, toallas, alfombras,
  mantas, cobertores, etc., mencionados de manera enunciativa mas no limitativa.
  3.15 Tapete
  Revestimiento de material textil para cualquier superficie que no requiere de servicio de instalación.
  3.16 Textil
  Es aquel producto elaborado en base a la utilización de fibras de origen natural, artificial o sintético,
  incluyéndose entre ellos, en forma enunciativa mas no limitativa, hilados, hilos de coser, estambres, telas,
  casimires, pasamanerías (encajes, listones, bordados, elásticos), y similares.
  4.Especificaciones de información
  4.1 Información comercial
  La información acerca de los productos objeto de esta Norma Oficial Mexicana, debe presentarse en
  idioma español, ser veraz, describirse y presentarse de forma tal que no induzca a error con respecto a la
  naturaleza y características del producto.
  Las personas que en cualquier forma comercien con los productos comprendidos en la presente Norma


第 [1] [2] [3] [4] [5] [6] [7] [8] [9] 页 共[10]页
上面法规内容为部分内容,如果要查看全文请点击此处:查看全文
【发表评论】 【互动社区】
 
相关文章